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LUMA en el Supremo: si el contrato cae, $1,300 millones a la tarifa

Lo que se dijo

"El voto afirmativo de la mayoría de los miembros de la junta de las alianzas público-privadas sería suficiente para otorgar la prórroga." Memorando de Pietrantoni Méndez & Álvarez del 28 de noviembre de 2022, leído en Jugando Pelota Dura (Dura Streaming), 5 de octubre de 2026.

El recibo

LUMA radicó su alegato ante el Tribunal Supremo el 5 de octubre y estima que anular la extensión de su contrato costaría unos $1,300 millones, de los cuales $726 millones serían costos que no se pueden evitar (Metro PR, 5 oct 2026). En un escrito aparte le pidió al Tribunal tomar en cuenta 2 documentos de 2022 que no estaban en el apéndice del gobierno, entre ellos ese memorando. El gobierno sostiene que la extensión nunca fue válida porque los 2 representantes del interés público se abstuvieron, y bajo la Ley 120 una abstención cuenta como voto en contra (Metro PR, 5 oct 2026).

QuéEl datoFuente
Según lumaUnos $1,300 millones
Lo que costaría anular la extensión de su contrato
Estimado de LUMA en su alegato del 5 de octubre
Metro PR, 5 oct 2026
Quién hablaJugando Pelota Dura
En vivo, 5 oct 2026, el día que LUMA radicó su alegato
Dura Streaming, YouTube
La pregunta¿Por qué el Supremo no tenía ese memo?
Y qué dice el gobierno
caborojo.com
Lo publicado$726 millones que no se pueden evitar
Terminación, transición y cuentas de suplidores
No es solo la cancelación
alegato de LUMA (Metro PR, 5 oct 2026)
El memoPietrantoni Méndez & Álvarez, 28 nov 2022
La extensión no era una transacción nueva bajo la Ley 29
Bastaba la mayoría de la junta
Metro PR, 5 oct 2026
Ojo con esta cifra13 abogados: no lo encontramos publicado
Es lo que dice el programa
caborojo.com, 6 oct 2026
Lo que dice el gobiernoLa extensión nunca fue válida
Los 2 representantes del interés público se abstuvieron
Bajo la Ley 120, la abstención cuenta como voto en contra
demanda del gobierno ante el Supremo, según la prensa (Metro PR, El Vocero)
Quién firmóLa carta de extensión de 2022
Fernando Gil-Enseñat, presidente de la junta de la AEE
Fermín Fontanés, director de Alianzas Público-Privadas
documento ante el Negociado de Energía, feb 2026
Quién hablaLcdo. Ángel Rotger Sabat
Director legal de LUMA
TeleOnce, 6 oct 2026 · Metro PR, 5 oct 2026
El casoCT-2025-0006, sin fecha de decisión
El Supremo lo asumió el 5 de agosto, en votación dividida
Metro PR, 5 ago 2026

Transcripción

Lo que se oye en el video, en orden y con los errores del texto automático corregidos.

El primer documento es un informe en donde establece que pudiese haber un impacto millonario, particularmente lo que tiene que ver con cierta cantidad de dinero en la cancelación del contrato, y que en las alegaciones de Luma, para que tengan una idea de cuánto estamos hablando, pudiese tener un impacto de 1.300 millones. Esto es básicamente el equivalente a 10 centavos kilovatios hora en un año. Ya no subieron 5, imagínense 10 más, estaría la tarifa básicamente, más o menos 44 centavos, eso sería la destrucción de la economía de Puerto Rico.

Y está básicamente el desglose completo de cada una de las partidas que tendrían de esa cantidad de 1.327 millones. Hay 726 millones que están nada más vinculados a la posible cancelación del contrato si es que el Supremo le falla en contra a Luma. y lo que está diciendo básicamente es, esto va a costar y esto lo paga nosotros del bolsillo de los consumidores. El otro documento, que es el que me parece que va a ser el de mayor controversia, es este memorando de la firma Petr Antonio y Méndez Álvarez, que es una distinguida firma de abogados, que es el abogado que contrató el gobierno de Puerto Rico en ese momento para hacer el estudio de si era viable o no la extensión del contrato.

Este es el documento, pero la conclusión, miren lo que dice, en aquel momento, que fue lo que se utilizó como base para hacer la extensión, dice que dado la aprobación de la prórroga a la fecha de determinación, conforme al artículo, el voto afirmativo de la mayoría de los miembros de la Junta de las Alianzas Públicas Privadas sería suficiente para otorgar la prórroga. ¿Qué quiere decir eso? Este es precisamente el argumento de Luma contra el gobierno de que no necesitaba la unanimidad de los votos, que con mayoría simple lo podía lograr, y es la posición que el gobierno ha rechazado.

¿Cuál es la importancia? Que este documento del propio gobierno, señores, los abogados del gobierno no se lo enviaron al Tribunal Supremo. Hay jefes de agencias firmando la demanda bajo juramento y hay 13 abogados, incluyendo 8 del Departamento de Justicia, que estos documentos no los divulgaron al Tribunal Supremo. La pregunta es por qué no los entregaron, por qué quisieron engañar y pasarse de listo con el Tribunal Supremo.

No solamente es cualquier tribunal, es el tribunal que regula la profesión de los propios abogados, que no se haya divulgado o es que alguien dio instrucciones, particularmente a los representantes legales del gobierno de Puerto Rico, de no divulgar estos argumentos, estos documentos que básicamente, miren, desmienten y derrumban la teoría del gobierno de Puerto Rico. Alguien se quiso pasar de listo con los jueces del Supremo y hay que ver las consecuencias de esta situación que se ha dado a conocer en el día de hoy y que indudablemente va a tener repercusiones en este caso.

¿A qué nivel ustedes entienden, o sea, voy a empezar contigo, Frank, o sea, ¿qué definición le da ustedes en Luma a esto? Mira, yo creo que esto es una conducta grave del gobierno de Puerto Rico en este litigio, por eso es que en el día de hoy, Luma, junto con su alegato, presentó ante el Tribunal Supremo, mediante un escrito aparte, esos dos documentos que reseñó Colbert. ¿Por qué es una conducta grave? Porque esos dos documentos, de los cuales uno es una opinión legal de los propios abogados del gobierno en el 2022 cuando se firmó la carta de extensión, están directamente relacionados, van a la médula de la controversia que tiene que resolver el Tribunal Supremo.

y el gobierno de Puerto Rico en sus escritos, aunque presentó un montón de otros documentos, casualmente esos dos que contradicen, que contravienen lo que son las alegaciones del gobierno bajo juramento ante el Tribunal Supremo. Esos documentos son medulares. Esos documentos son fundamentales. Esos documentos son fundamentales para que el Tribunal Supremo de Puerto Rico tome una decisión sobre el futuro del gobierno en Puerto Rico, ¿sí o no?

Sí, y voy más allá. Esos documentos, en la fecha que se otorgó esa extensión, se discutieron en los comités dentro de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica. Y se tomaron en cuenta para que entonces la Autoridad de Energía Eléctrica hiciera su proceso dentro de la Junta y se votara a favor de la extensión. ¿No se podría considerar este documento como producto del trabajo del abogado hacia el cliente y ser privilegiado y no tener una obligación de divulgarlo en esta etapa?

Que pudiera ser una defensa. Bueno, dentro de lo que conocemos, yo entiendo que no, porque dicho sea de paso, se tomó y se usó en consideración. Y los argumentos que está utilizando el gobierno ahora mismo van en contra de lo que dice ese documento. Y si el gobierno tuviera una opinión legal distinta, o sea que contradice sustancialmente lo que establece su opinión. Bueno, la tuvo, porque por eso fue que radicó bajo los estándares que radicó.

Correcto. Pero fíjate, más allá de eso, porque al final las opiniones legales son opiniones legales, aquí la opinión legal última la va a emitir el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Pero la verdadera pregunta es cómo es posible que el gobierno de Puerto Rico haya decidido omitir de sus documentos, de sus alegatos, esa opinión legal que va directamente a lo que está considerando el Tribunal Supremo y lo otro. O sea, es que existe una opinión legal de los propios abogados en aquel momento del gobierno que contradice completamente lo que es la teoría del gobierno y, irónicamente, le da la razón a Luma porque esa opinión legal del bufete Pietra Antoni Méndez y Álvarez concluye expresamente lo que es la teoría principal de Luma defendiendo la validez del contrato.

Yo creo que es insólito y es único en el litigio en este país una conducta de este tipo donde documentos de tanta envergadura no se le hayan presentado al Tribunal Supremo de Puerto Rico en una controversia que tiene un impacto tan enorme sobre la seguridad jurídica en el país y sobre el futuro y el desarrollo económico de Puerto Rico. Dos preguntas. La primera, licenciado Gil, usted era el presidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Geoeléctrica cuando se dio esta extensión.

Correcto. Por consiguiente, usted sabe de estos dos documentos que existieron y que se discutieron ahí. Y se discutieron. Y fueron fundamentales en la decisión que ustedes tomaron en ese momento. El licenciado Fermín Fontanes los discutió con todo el comité. Los presentó a todos los miembros. A todos los miembros el día antes de que se hiciera la reunión ordinaria para votar sobre la extensión del contrato. Y la pregunta es, ante esta situación donde no se le divulga al Tribunal Supremo deliberadamente, por lo menos alegadamente, ustedes están alegando en su escrito, la pregunta es si el Tribunal Supremo puede emitir una orden para pedir explicaciones a los abogados.

Ahí hay ocho abogados y le faltan todas justicias. Decirle, pero vengan acá, hay una orden que emitió el Tribunal Supremo diciendo que tienen que entregar todos los… ¿Cómo es que ustedes no vinieron esta información? ¿Cómo es que ustedes no nos pusieron el conocimiento de qué estábamos? Eso es lo que ordinariamente ocurre. Debe haber un requerimiento de explicación del Tribunal Supremo a los abogados. De ordinario se hubiese hecho un descubrimiento de prueba.

Eso básicamente fue lo que fue el Supremo antes, que terminó 5-4. El Supremo decidió que no. El Supremo decidió que no iba a haber descubrimiento de prueba y por ende, si va a haber el caso, de forma expedita. ¿Pues? Por ende, dentro de eso. Si no llega a ser por esta situación, nunca se hubiese enterado. Y una de las partes lo presentó porque Luma ha estado siempre diciendo, mira, nosotros actuamos bajo la recomendación del gobierno.

¿Qué hace? Que íbamos a contratar y que contratamos de forma fehaciente. Si el Tribunal Supremo está viendo, si los mismos tribunales Supremo están viendo este programa y se dan cuenta, digo, yo no sé si ya recibieron el documento de ustedes. ¿Lo recibieron esta mañana, primera hora de la mañana? Están viendo el programa ahora mismo que la mayoría lo ven. Están diciendo, oye, pero ven acá, y si yo no hubiese tenido esos documentos en mi poder, a la hora de yo emitir mi opinión, yo pude afectar mi opinión, probablemente, para un lado o para el otro, por no tener esos dos documentos tan importantes.

¿Qué hará el Tribunal Supremo ahora? Yo creo que el Tribunal Supremo va a ponderar el caso y la controversia con el beneficio de la totalidad de los documentos que son importantes. Esos documentos que Luma presentó hoy ante el Tribunal Supremo son fundamentales para que se pueda tomar una decisión de la manera más comprensiva, más informada y más inteligente sobre un tema que es fundamental para el desarrollo económico del país y para la vida cotidiana de todos los puertorriqueños y puertorriqueñas.

Así que yo estoy seguro, yo estoy seguro que el Tribunal Supremo va a considerar esos documentos, le va a dar el peso que le tenga que dar y qué acciones pueda tomar con los abogados o con las partes. Ustedes se pueden ver que empiece una investigación para ver si alguien dio una instrucción particular para ocultarle esa información al Tribunal Supremo. Le hemos indicado que en los análisis que hemos hecho Luma sobre esta terminación temprana de declararse nula la extensión, es un aproximado de 1.3 billones, o sea 1.300 millones de dólares que le costará al gobierno de Puerto Rico esta terminación temprana.

El gobierno mantiene ante el Tribunal Supremo una demanda que alega que fue nula la extensión del contrato suplementario por la falta del voto de todos los miembros de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica. El contrato suplementario se otorgó en lugar del contrato en propiedad mientras terminaba el proceso de quiebra.

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